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Colombia

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Requisitos de viaje a Destinos Decameron

Los ciudadanos colombianos que viajen a Panamá en calidad de turismo no necesitan visa para una estadía máxima de seis meses, los requisitos son:

  • Demostrar a la entrada medios económicos suficientes para la estadía.
  • Pasaporte vigente mínimo seis meses.
  • Tiquete de entrada y salida.
  • Recomendable el Certificado Internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla (mayores de un año y menores de 60 años).
  • Deben presentar mínimo USD 500.oo en efectivo, cheque viajero , tarjeta internacional.

Requisitos para las nacionalidades que requieren visa para ingresar a Panamá:

A partir del 01 de Octubre de 2017 los nacionales de Venezuela necesitan Visa.

La obligación anterior exceptúa exclusivamente al personal consular y/o diplomático según lo dispuestos por el Decreto Ejecutivo 591 del 28 Diciembre 2016, y aquellos que cuenten con una visa de E.E.U.U, Canadá, Australia y Reino Unido teniendo en cuenta que sus pasaportes deben contar al menos con una entrada al país de la visa emitida.

Consulado en Bogotá:

  • Dirección: Calle 92 No. 7A - 40.
  • Teléfonos: 257 5068 - 257 4452.
  • Fax: 257 5067.
  • Página Web: http://www.panamanenelexterior.gob.pa/colombia.
  • E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
  • Horario de atención: Lunes a viernes de 9:30 a.m. a 3:30 p.m. Derechos Consulares.
La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

Para ingresar a El Salvador debe presentar los siguientes documentos:

  • El Certificado Internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla (debe ser aplicada mínimo 10 días antes del viaje).
  • Pasaporte con una vigencia superior a seis meses.
  • Tiquete aéreo de ida y regreso.

A partir del 22 de Febrero de 2012, los nacionales de Colombia portadores de cualquier tipo de pasaporte (diplomático, oficial u ordinario) NO requieren de Visa para ingresar a El Salvador por cualquier vía (aérea, terrestre o marítima). La duración máxima de estadía en este país sin visa, depende del permiso otorgado por el oficial de inmigración.

Las personas que deseen ingresar a El Salvador por los siguientes casos, deben presentar Antecedentes Judiciales Apostillado.

  • Radicar permisos de trabajo.
  • Solicitud de Residencia.
  • Solicitud de residencia temporal.
  • Contratos de trabajo.

Tramite ante alguna institución Gubernamental de El Salvador. Consulado en Bogotá:

  • Dirección: Carrera. 12 Nº 119 - 51.
  • Teléfonos: 743 3787.
  • Fax: 349 6770.
  • Horario de atención: Lunes a Viernes 9:00 am a 12 m.
  • E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
  • Página Web: http://www.rree.gob.sv/.
La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

Los ciudadanos colombianos que deseen viajar a Jamaica por turismo, asuntos culturales o de negocios cuya visita no exceda los 30 días, podrán ingresar sin visa, Turismo con estadía no mayor a 30 días.

  • Pasaporte vigente ( vigencia mínima antes de vencer de 6 meses ).
  • Tiquete ida y regreso.
  • Certificado internacional de la vacuna de la fiebre amarilla ( para las personas de 9 meses de edad hasta los 59 años, vale aclarar que este certificado empieza a tener validez 10 días después de la fecha de vacunación ).
  • Reserva de hotel o carta de invitación con dirección de la persona donde se hospedara.
  • Impuesto pago en hotel de USD 4 por pasajero por noche de estadía.
  • Menores de 18 años deben presentar Registro civil de nacimiento.
  • Impuestos a turistas: USD$20.oo ademas de los USD$20.oo que se pagan como impuesto de entrada y otros USD$20.oo de salida lo que representa que los turistas que llegan via aerea tendran que pagar en impuestos un total de USD$60.oo.

Consulado de Jamaica en Bogotá:

  • Dirección: Avenida 19 No. 108- 51 oficina 304.
  • Teléfonos: 612 3598 - 612 3396.
  • Fax: 612 3479.
  • E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
  • Página Web: http://www.embajadadejamaicacol.com.
  • Horario de atención: Para solicitud de visas Lunes a Viernes 8:30 am a 1:00 pm.
La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

Los colombianos que viajen a Ecuador no necesitan visa hasta 90 días, deben presentar los siguientes documentos:.

  • Pasaporte con una vigencia mínima de 6 meses o cédula.
  • Tiquete de ida y regreso.
  • Certificado Internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla (mayores de un año y menores de 60 años), si regresa o ha transitado por Brasil, el certificado es obligatorio.
  • Todas los pasajeros extranjeros que ingresen a Ecuador, deben portar un Seguro de Asistencia Médica valido en éste país.

Consulado de Ecuador en Bogotá:

  • Dirección: Calle 89 No 13 - 07.
  • Teléfonos: 212 6512 - 212 6523 - 212 6525 - 212 6541 - 212 6549.
  • Página Web: https://www.cancilleria.gob.ec/colombia/ y http://colombia.embajada.gob.ec/.
  • E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
  • Horario de atención: Para solicitud de visas Lunes a Viernes 8:30 am a 1:00 pm.

Nota: Para estadías superiores a 90 días se debe tramitar visa, para más información ingrese al siguiente link: http://www.consuladovirtual.gob.ec/

La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

Los ciudadanos colombianos que viajen a Perú en calidad de turista no necesitan visa hasta 90 días, sólo deben presentar:

  • Pasaporte vigente o cédula de ciudadanía.
  • Tiquete aéreo de ida y regreso.
  • Nota: Si viaja a zona selvática, se debe presentar el certificado internacional de vacunación contra la fiebre amarilla. Los ciudadanos colombianos no requieren visa de negocios para ingresar a Perú por ser una nación integrante de la Alianza del Pacífico.

Consulado de Ecuador en Bogotá:

Nota: Para Ingresar se necesita el Certificado Internacional de la Vacuna contra la Fiebre Amarilla, en caso de regresar u originar viaje desde zona endémica, dentro de los últimos 6 días

La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

Para ingresar se deben presentar los siguientes documentos:

  • A partir del 9 de Noviembre de 2012 los Colombianos no requieren visa para ingresar a Mexico hasta por 180 días.
  • Pasaporte.
  • Tiquete ida y regreso.
  • Voucher de hotel.
  • Para personas invitadas desde México: Carta de invitación original indicando dirección, teléfono y copia del documento que confirme el estatus de quien invita.
  • Demostrar 100 USD por cada día de permanencia en México.
  • Se recomienda seguro de asistencia médica.

Por favor tener en cuenta que para los menores de edad que viajen solos o acompañados de un tercero que no sea el padre, la madre o el tutor, hacia México o de México al extranjero deberán presentar adicional al registro de nacimiento la autorización de salida del país para mayor información por favor ingrese al siguiente link: http://embamex.sre.gob.mx/colombia/index.php/para-extranjeros/226-permisosalidamenoresedad

Consulado en Bogotá:

  • Dirección: Calle 113 No. 7 - 21, Edificio Teleport Business Park, Mezzanine.
  • Teléfonos: 747 7167 - 747 7160.
  • Fax: 629 5121.
  • E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
  • Página Web: http://embamex.sre.gob.mx/colombia/.
  • Horario de atención: De acuerdo a cita programada.
  • La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

El trámite de esta visa es personal.

  • Costa Rica brinda la facilidad para que los ciudadanos colombianos puedan viajar sin necesidad de tramitar visa consular siempre que en sus pasaportes posean visa vigente de los estados Unidos de América (exclusivamente visa de turismo, negocios B1/B2 o tripulante de múltiples entradas); Canadá (exclusivamente visa múltiple) y los residentes legales (residencia, permiso de trabajo o permiso de estudio) La visa debe tener una vigencia de al menos 30 días al momento de ingresar a Costa Rica.
  • Además deberá contar con un certificado de vacunación contra la fiebre amarilla, que indique que la persona fue vacunada al menos 10 días antes del viaje.
  • Para ingresar a Costa Rica el pasaporte debe tener una vigencia mínima de 6 meses.

Si una persona de nacionalidad colombiana únicamente estará en tránsito en un aeropuerto de Costa Rica y el tiempo de tránsito será menor a 12 horas, no es necesario que solicite visa. Si el tiempo de tránsito será de más de 12 horas, debe solicitar visa

Consulado en Bogotá:

  • Dirección: Carrera 12 No 114-37.
  • Teléfonos: 629 5095 - 629 5072.
  • Página Web: https://www.embajadadecostarica.org/.
  • Horario de atención al público: Lunes a viernes 8:30 a.m. a 12:00 p.m., para radicar documentos y entrega de solicitud de visas 1:00 p.m. a 2:00 p.m.
  • La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.

El trámite de la visa debe realizarlo personalmente el solicitante, en el Consulado de Haití en Panamá. En Colombia no hay representación diplomática.

El Consulado de Haití en Panamá informa a la ciudadanía en general que no requieren de visa para Haití aquellas personas con pasaporte colombiano que tengan visa vigente con múltiples entradas a Estados Unidos, Canadá y/o Territorio Schengen. La visa que se utilice para viajar debe estar vigente durante todo el período de estadía.

Las personas que no cumplan con esta condición deben tramitar la visa según el caso.

La duración del trámite es 4 semanas, aproximadamente.

Las visas de turismo son válidas por tres meses.

  • Para ingresar a Haití debe llevar el certificado internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla, en caso de regresar u originar viaje desde zona endémica.
  • Pasaporte con una vigencia mínima de 6 meses.
  • Tiquete de ida y regreso.
  • Reserva de hotel o carta de invitación con dirección de la persona donde se hospedara.
  • Menores de 18 años deben presentar Registro civil de nacimiento.

Consulado de Haití en Panamá:

  • Dirección: Calle 61 Este No 5 Obarrio, Villa de Panamá, Panamá.
  • Teléfonos: 507 269 3443 ext. 101.
  • Fax: 507 223 1767.
  • E-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
  • Página Web: https://haiti.org/.
  • Horario de atención: Lunes a viernes de 9:00 a.m. a 4:00 p.m. y Sábado de 9:00 am a 12:30 pm.
  • La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso la documentación y requisitos establecidos.